Justificación subvenciones nominativas
Descripción
Formularios para la justificación de subvenciones nominativas reconocidas por el Ayuntamiento de Villamañán.
Proceso de tramitación
Una vez aprobada y concedida la subvención, la persona física o jurídica perceptora de la misma, deberá justificar la aplicación de los fondos concedidos, mediante la aportación de la documentación que, en cada caso, se establezca por el Ayuntamiento y se notifique al beneficiario.
En caso de que por el Ayuntamiento Pleno se acuerde, la práctica de algún tipo de control exhaustivo de los gastos justificados, el beneficiario de la subvención en el plazo improrrogable de quince días hábiles deberá presentar la documentación justificativa de los gastos realizados. El incumplimiento de esta previsión determinará la apertura de expediente administrativo tendente a recuperar la cantidad concedida y, si el Ayuntamiento Pleno así lo estimase, la interdicción de la Asociación o Pedanía de la condición de beneficiario de la cooperación municipal.
Documentación a aportar
Las Asociaciones Culturales, deberán aportar una declaración jurada, firmada ante el Secretario de la Corporación por el representante elegido de conformidad con los respectivos estatutos (condición que se acreditará fehacientemente) en la que se ponga de manifiesto la finalidad a la que se han aplicado los fondos concedidos y la autorización al Ayuntamiento para que lleve a cabo, si así lo considera el Ayuntamiento Pleno, una intervención detallada de los gastos justificados mediante la aportación de facturas y justificantes en forma reglamentaria (Anexo II).
Las Entidades Locales aportarán una certificación el acuerdo adoptado por la Junta Vecinal en la que se apruebe la relación de gastos incorporados en el Anexo I, así como, la autorización al Ayuntamiento para que, si así lo considera necesario el Ayuntamiento Pleno, llevar a cabo una intervención detallada de los gastos justificados mediante la aportación de facturas y justificantes en forma reglamentaria (Anexo III).
Normativa
Ley 38/2003, de Subvenciones de las Administraciones Públicas y disposiciones reglamentarias dictadas en su desarrollo.
Bases de Ejecución Presupuestaria del Ayuntamiento de Villamañán
Lugar de presentación
Registro General del Ayuntamiento de Villamañán
Casa Consistorial de Villamañán, Plaza Mayor SN
Horario: Lunes a Viérnes, de 10 a 14 horas.